A 45 días, el TCP, emite la sentencia anulando reglamento y convocatoria de elecciones judiciales.

Tribunal Constitucional Plurinacional

El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) declara inconstitucional la convocatoria y el reglamento de preselección de candidatos para las elecciones judiciales.

La sentencia se conoció este lunes dentro de los 45 días de plazo que establece el Código Procesal Constitucional y en medio de la expectativa, sobre todo de los asambleístas nacionales, y a un día de que el ministro de justicia Iván Lima hiciera el anuncio de que se conocería la sentencia.

La Sala Plena del TCP, en virtud de la autoridad que le confiere la CPE y el artículo 12.1 de la Ley del TCP; resuelve declarar:

“La Inconstitucionalidad de la R.A.L.P, 007/2022-2023 de 20 de abril de 2023; y en consecuencia, del Reglamento de Preselección de Candidatos y Candidatas para la conformación del TCP, Tribunal Supremo de Justicia, Tribunal Agroambiental y Consejo de la Magistratura y de la Convocatoria Pública emitida para tal efecto, conforme a los fundamentos jurídicos expuestos en el presente fallo constitucional, por ser contrarios a los artículos 109.II, 144.II, de la Constitución Política del Estado”, señala el punto 1 del Por Tanto.

Asimismo, por conexitud, (declara) la inconstitucionalidad de la Ley 1513 del 5 de junio de 2023, Ley Transitoria para Garantizar el Proceso de Preselección de Candidatos y Candidatas para la conformación del TCP, Tribunal Supremo de Justicia, Tribunal Agroambiental y Consejo de la Magistratura.

En el punto 3 de la resolución, el TCP exhorta a la Asamblea Legislativa Plurinacional, a cumplir con las funciones y atribuciones, constitucionalmente previstas; así como contribuir a la generación de condiciones que garanticen el desarrollo de la preselección y elección de las máximas autoridades judiciales y del TCP, con carácter inmediato a partir de la notificación.