No corresponde juicio de privilegio para Áñez ya que no tiene credencial

A la exsenadora por la agrupación Demócratas, Jeanine Áñez, por la Constitución Política del Estado no le corresponde un juicio de responsabilidades, porque no existe ningún documento que certifique que fue designada en sucesión constitucional en noviembre de 2019 dijo el analista político, Gustavo Torrico.

Explicó que la Carta Magna o Ley de Leyes, establece con meridiana claridad que un juicio de privilegio alcanza únicamente al Presidente y Vicepresidente electos y a los que asuman el cargo en el marco de una sucesión constitucional conforme establece el artículo 169 de la Constitución. “En caso de impedimento o ausencia definitiva de la Presidenta o del Presidente del Estado, será reemplazada o reemplazado en el cargo por la Vicepresidenta o el Vicepresidente y, a falta de ésta o éste, por la Presidenta o el Presidente del Senado, y a falta de ésta o éste por la Presidente o el Presidente de la Cámara de Diputados. En este último caso, se convocarán nuevas elecciones en el plazo máximo de noventa días”.

En esa línea, Torrico, señaló que la exsenadora Añez, el 12 de noviembre de 2019, a pesar de ser de la fuerza de la minoría, se autoproclamó como presidenta de esa instancia legislativa en una sesión sin quórum reglamentario, y después como presidenta del país.

“La señora Jeanine Añez no tiene ninguna prueba o documento que demuestre que ella es o ha sido Presidente por sucesión, no tiene nada porque se ha autoproclamado y la banda presidencial le fue puesta por un militar en Palacio de Gobierno después de haber violado la Constitución Política, leyes y reglamentos, por eso no le corresponde un juicio de responsabilidades o de privilegio, sino un juicio ordinario”, sostuvo el analista.

Ahora el PUEBLO

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