Camacho busca control departamental del INRA para proteger a terratenientes

Luis Fernando Camacho busca enfrentamientos por tierras con el fin de tener control de la tierra y proteger los intereses de grandes terratenientes que durante el gobierno de Hugo Banzer y de Jeannine Añez, recibieron ilegalmente grandes extensiones de tierras a título de concesión gratuita avasallando tierras comunitarias e indígenas.

De acuerdo a la Constitución Política del Estado, el tema de la tierra es de competencia nacional, en Santa Cruz el gobernador Luis Fernando Camacho quieren designar un director departamental del INRA, para supuestamente “defender la tierra de los avasalladores”, pero lo que en realidad busca es tener un control departamental de la tierra para proteger a los latifundistas allegados a la derecha.

Según Jacinto Herrera, ex ejecutivo de la Federación Única de Trabajadores Campesinos de Bolivia, en entrevista con el programa “Revolucionando la tarde” de la radio Kawsachun Coca, lo que corresponde es que el gobernador Camacho forme una terna para la comisión de tierras y envíe la misma al Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA), para que esa instancia nacional designe un director departamental del INRA en la capital cruceña.

Acotó que Camacho, quiere usar políticamente el tema de la tierra para defender a los grandes terratenientes como Branko Marinkovic y generar enfrentamientos entre pobladores cruceños con colonos tildándolos de avasalladores.

La Ley 1715 dice que todos los asentamientos realizadas hasta 1996 son ilegales. Por tanto, el INRA está recuperando las mismas para dar cumplimiento a la norma.

Alertó que hay personas armadas y se estaría contratando gente ajena al conflicto para generar enfrentamientos entre bolivianos.

TUICIÓN DE LA TIERRA

El capítulo noveno de la Constitución Política del Estado, referido a tierra y territorio, establece en el Artículo 393 que el Estado reconoce, protege y garantiza la propiedad individual y comunitaria o colectiva de la tierra, en tanto cumpla una función social o una función económica social, según corresponda.

El Artículo 396 indica que el Estado regulará el mercado de tierras, evitando la acumulación en superficies mayores a las reconocidas por la ley.

Según el artículo 397 el trabajo es la fuente fundamental para la adquisición y conservación de la propiedad agraria. Los propietarios deberán cumplir con la función social o con la función económica social para salvaguardar su derecho, de acuerdo a la naturaleza de la propiedad.

Finalmente, el artículo Artículo 403 sostiene que el Servicio Boliviano de Reforma Agraria, cuya máxima autoridad es el Presidente del Estado, es la entidad responsable de planificar, ejecutar y consolidar el proceso de reforma agraria y tiene jurisdicción en todo el territorio del país.

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